En respuesta a uno de vuestros comentarios, en el cual nos solicitábais información sobre estos proyectos hemos decidido dedicar el post de hoy a resolver esta duda.
En las enseñanzas de Grado,
todos los planes de estudio han de concluir con la elaboración y
defensa de un trabajo fin de Grado con una extensión de entre 6 y 30
créditos, según lo aprobado en cada enseñanza.
Cada
plan de estudios establecerá la forma de realización y evaluación de
dicho trabajo, que deberá orientarse a la evaluación de las
competencias asociadas al título.
En la Memoria para la
verificación del título correspondiente se explicitarán el sistema de
realización de los trabajos fin de Grado, su extensión en créditos, su
tutela y sus mecanismos de gestión y sus procedimientos de evaluación y
calificación, ajustándose a lo siguiente:
a) Concepto. Los trabajos fin de grado deben constituir un trabajo personal del estudiante.
b) Tipos (Modalidades). Estos trabajos deberán realizarse mediante el tipo (modalidad) que
se incluya en el plan de estudios. Podrían consistir, entre otras, en
trabajos realizados en laboratorio, trabajos resultados de prácticas en
empresas o instituciones o durante una estancia en otra Universidad,
española o extranjera a través de un convenio o programa de movilidad.
El trabajo fin de grado podrá realizarse dentro del itinerario o mención elegido por el estudiante.
c) Dirección. El
trabajo fin de grado deberá contar con un director o directores, que
tutelen y supervisen la labor del estudiante. Preferentemente, el
director deberá estar incluido entre el profesorado de la Universidad y
se asignará en el periodo inmediatamente siguiente a la matrícula.
También podrán dirigir trabajos personal ajeno a la Universidad ,
siempre que el trabajo cuente con el aval de un profesor de la
Universidad de Zaragoza, que actuará como ponente.
d) Matriculación. El
estudiante en los periodos de matrícula que establezca el calendario
académico, se matriculará del Trabajo fin de Grado, única o
conjuntamente con el resto de asignaturas que le falten para finalizar
estos estudios oficiales.
e) Presentación. La
presentación del trabajo se hará una vez que haya superado el resto de
las asignaturas que lleven a la obtención del título oficial y deberá
contar con el visto bueno de su director. Se llevará a cabo dentro de
los periodos que cada Centro establezca al efecto, que podrían no
coincidir con los periodos de examen. El estudiante podrá presentarse
como máximo en dos ocasiones cada curso académico.
El
trabajo se materializará en una memoria escrita, acompañada del
material que se estime adecuado, y expondrá oralmente ante el Tribunal
en sesión pública convocada al efecto. En ella, el estudiante deberá
demostrar su capacidad para transmitir los conocimientos adquiridos y
responderá a las preguntas que realice el tribunal.
f) Tribunales. Los
Centros establecerán los procedimientos para la formación de los
tribunales y traslado a estos de los trabajos presentados en cada
periodo establecido para ello. Los tribunales evaluadores estarán
constituidos al menos por tres miembros y serán nombrados según el
procedimiento que el centro determine.
g) Calificación. La
calificación del trabajo se realizará con el mismo baremo que el resto
de las asignaturas de titulaciones oficiales. En caso de evaluación
negativa, el tribunal decidirá si procede una segunda defensa con las
correspondientes modificaciones o la realización de un nuevo trabajo.
FUENTE:http://wzar.unizar.es/servicios/primer/2matricula/academica/proyecto.html